El plazo para el inicio del proceso de la consulta previa sobre la construcción del tramo dos de la carretera Villa Tunari ? San Ignacio de Moxos, vence este 29 de julio, y hasta la fecha no se avisora ningún adelanto para la realización del mismo. Para el Magistrado del Tribunal Constitucional, Gualberto Cusi Mamani, existen dificultades para su cumplimiento, en este sentido, el fallo emitido por el Tribunal Constitucional Plurinacional (TCP) sería un "adorno" que el Gobierno y los indígenas del Tipnis interpretan a su manera.

El Magistrado Cusi, el único voto disidente de ese fallo emitido el pasado 18 de junio pasado y que en su momento afirmó que los derechos de los pueblos indígenas del Tipnis habían sido vulnerados al haber el Gobierno aprobado un proyecto carretero sin una consulta previa, ayer indicó que aún se advierte "una polarización" entre las partes en conflicto -el gobierno y los dirigentes indígenas del parque Isiboro Sécure-, lo que contradice el sentido de la sentencia que condicionó la legalidad de la Ley 222 a una solución acordada entre ambas partes.
"En este mes el fallo ya debería de cumplirse, tal como dispone la sentencia, pero vemos que hay dificultades en su cumplimiento. Parece que la sentencia fuera un mero adorno y eso es lamentable", enfatizó el Magistrado.
Asimismo, se mostró incrédulo ante la realización de la consulta apoyado en el incumplimiento del punto que más revuelo generó en los últimos meses, las recomendaciones de llegar a un consenso de partes, "hasta el último día pueden estar concertando, definiendo puntos ¿cómo va a ser la consulta? pero vemos que hay una polarización y yo la verdad dudo que la consulta se lleve a cabo", remarcó.
En este sentido, Cusi recomendó considerar la posibilidad de ampliar los plazos establecidos para la realización de la consulta en el territorio indígena e implementar una política de concertación, "lo ideal seria que se amplíen los plazos. Hasta los plazos debían ser producto del acuerdo de las partes y no hacer solo lo que dice el Gobierno", puntualizó.
Entre tanto, el Presidente interino de TCP, Efraín Choque Mamani, sostuvo a Radio Fides, que los actores del ámbito político son los encargados de cumplir el fallo en el marco de la Constitución Política del Estado (CPE) y acuerdos internacionales.
"Eso es algo que responde a los actores en el ámbito político, pero específicamente es que en el fallo tiene que haber un proceso de concertación, un diálogo de buena fe y un elemento importante que es el consentimiento de ambas partes", concluyó.
Entretanto la realización de la consulta "previa" para la construcción del segundo tramo de una carretera que atravesaría el corazón del TIPNIS y que ha generado desencuentros y decepciones hoy es dudosa realización.
Sobre el fallo
Recordemsos que el TCP, en su fallo constitucional del 18 de junio pasado, declaró la constitucionalidad de la consulta previa, pero condicionó su aplicación a una "concertación" entre los pueblos indígenas y el Gobierno nacional.
El TCP instó a los habitantes del Tipnis a "entablar un diálogo con el Estado, a objeto de asumir los acuerdos necesarios para efectivizar la consulta".
Asimismo, exhortó a la Asamblea Legislativa a "ser coadyuvante en la facilitación de la concertación y en la configuración posterior de los acuerdos asumidos", además de pedir al Ejecutivo "propiciar y facilitar el diálogo necesario con dichos pueblos" para desarrollar esa consulta.
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